La reparación del daño como mecanismo de tutela de la persona

La reparación del daño como mecanismo de tutela de la persona

  • Autor: Koteich khatib, Milagros
  • Editor: Universidad Externado de Colombia
  • eISBN Pdf: 9789587107616
  • Lugar de publicación:  Bogotá , Colombia
  • Año de publicación: 2012
  • Páginas: 378
En la actualidad, el operador del derecho se enfrenta a dos de los más importantes problemas del nuevo derecho de daños: por un lado, la clasificación del perjuicio y, por el otro, la reparación correspondiente a cada una de sus categorías, que debe estar informada por el principio de reparación integral, y que impone en consecuencia considerar más que las simples proyecciones patrimoniales o materiales del hecho ilícito, es decir, tomar a la persona de la víctima como una compleja realidad biológica, social y espiritual.
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  • Contenido
  • Introducción
    • I. La importancia del elemento del daño
    • II. El daño extrapatrimonial a la persona
    • III. El “daño a la salud”, y los espacios sin cubrir
    • IV. Colombia, el dilema y las posibles soluciones: el “daño a la salud” como ‘modo de valoración’ de la lesión a la integridad psicofísica
    • V. Colombia y la herramienta del derecho comparado
  • Parte I: El derecho europeo en materia de daño a la persona
    • capítulo I: El “daño a la salud” del derecho italiano
      • Sección primera: Su recepción en el ordenamiento
        • I. La negativa histórica del daño extrapatrimonial
        • II. La aceptación restrictiva, anclada al derecho penal
        • III. La búsqueda de una tutela (resarcitoria) de la integridad psicofísica
        • IV. Su encuadramiento sistemático
      • Sección segunda: Estado actual de la cuestión
        • I. El tratamiento diferenciado del daño a la salud de “leve entidad”
        • II. El ‘mapa’ sobre el daño extrapatrimonial trazado por las “sentencias gemelas” de 2003
        • III. La confirmación de la Corte Constitucional
        • IV. La ‘lectura’ de la doctrina
        • V. La elección del Codice delle Assicurazioni
        • VI. Las tendencias de la jurisprudencia de Casación
          • A. Tesis que negaba el daño existencial
          • B. Tesis que propugnaba por la existencia del daño existencial
          • C. Corolario: la intervención de la Sala Plena (Sezioni Unite) de la Casación italiana (2008)
        • VII. La elección –inspirada en el “daño a la salud” del ordenamiento italiano– de los proyectos sobre los principios de derecho europeo de la responsabilidad civil
          • A. Proyecto Von Bar del Study Group on a European Civil Code (2006)
          • B. Proyecto del European Group on Tort Law (o Tilburg Group-2005)
      • Sección tercera el problema: La dispersión de la categoría del daño extrapatrimonial
        • I. Introducción
        • II. El daño existencial, ¿nueva (mega)categoría?
        • III. (Sigue) La proliferación de rubros
        • IV. (Sigue) La introducción de daños “bagatelares”
        • V. Los intentos de desmembración del daño a la salud
        • VI. Los intentos de absorción del daño a la salud
        • VII. La dilatación de la responsabilidad civil
        • VIII. Reflexión final
      • Sección cuarta: Valoración y liquidación del daño extrapatrimonial
        • I. Cuando se trata del daño a la salud
        • II. Cuando se trata del daño extrapatrimonial derivado de la lesión a otros derechos de la personalidad distintos de la salud
        • III. Cuando se trata del pretium doloris
    • Capítulo II: El “daño corporal” del derecho francés
      • Sección primera: Aspectos preliminares
        • I. Introducción
        • II. Amplitud del concepto de daño
        • III. Distinción entre daño y perjuicio
        • IV. La indemnización, entre responsabilidad y solidaridad
        • V. La Seguridad Social y otros “terceros pagadores”
        • VI. La tasa de “déficit funcional permanente”, medida de diversos perjuicios
      • sección segunda: Clasificación de los perjuicios derivados del daño corporal sufridos por el lesionado
        • I. Perjuicios patrimoniales
          • A. Categorías
            • 1. Daño emergente
            • 2. Lucro cesante derivado de la incapacidad temporal
              • a. Introducción
              • b. Método de valoración
            • 3. Lucro cesante derivado del déficit funcional permanente (o incapacidad permanente)
              • a. Introducción
              • b. Método de valoración
          • B. Modalidades de la reparación
          • C. Revisión de la indemnización
        • II. Perjuicios extrapatrimoniales
          • A. Sufrimientos físicos y/o morales
          • B. Préjudice d’agrément (perjuicio de agrado)
          • C. Perjuicio estético
          • D. Perjuicio sexual
          • E. Otras categorías
            • 1. La alteración en las condiciones de existencia
            • 2. Perjuicio de contaminación
            • 3. Perjuicio de establecimiento
            • 4. Perjuicio juvenil
      • Sección tercera: Una categoría central, en busca de su lugar definitivo: El perjuicio fisiológico
        • I. Concepto
        • II. Método de valoración
        • III. La necesidad de los baremos
        • IV. La influencia de determinados factores: lesiones múltiples, patologías anteriores y predisposiciones patológicas
        • V. El problema sistemático actual
        • VI. La solución del Anteproyecto de reforma del Code civil
      • Sección cuarta: Otros escenarios
        • I. Perjuicio sufrido por terceros
        • II. El perjuicio en caso de muerte
        • III. Perjuicio en caso de estado vegetal crónico o coma
      • Anexo
  • Parte II: Proyección en (la jurisprudencia de) colombia de la experiencia europea sobre el nuevo daño extrapatrimonial
    • Capítulo I: La aceptación del daño extrapatrimonial y sus categorías
      • I. La reinterpretación del sistema mono-normativo
      • II. Un primer intento de clasificación
      • III. Las sucesivas clasificaciones de la jurisprudencia
        • A. La Casación Civil de los años 60, y la legislación posterior que recibió su influencia
          • 1. El “daño a la persona” y sus consecuencias
          • 2. La elección del Decreto 1260 de 1970
        • B. El Consejo de Estado de los años 90, y un mal entendido “perjuicio fisiológico”
          • 1. Una inusual liquidación del pretium doloris
          • 2. Historia de una confusa recepción
            • a. Un “perjuicio fisiológico” asimilado al “daño a la vida de relación”
            • b. Las bases doctrinarias de tal equiparación
          • 3. Reducción a ‘híbrido’ del “perjuicio fisiológico”
            • a. El “perjuicio fisiológico” no tiene una entidad jurídica propia
            • b. “Perjuicio fisiológico genérico” y “perjuicio fisiológico específico”
            • c. El “perjuicio fisiológico” se ancla a la necesaria producción de un “daño a la vida de relación”
            • d. En realidad, la esencia del “perjuicio fisiológico” no consiste en un problema ‘relacional’, sino en el detrimento de la salud o la integridad psicofísica
          • 4. El “daño a la vida de relación” sustituye al “perjuicio fisiológico”
            • a. El perjuicio aludido no consiste en la lesión, sino en sus consecuencias (que no guardan, en realidad, relación con la salud)
            • b. El perjuicio puede surgir de hechos distintos a una lesión corporal
            • c. El perjuicio afecta no sólo las actividades de placer sino también aquellas rutinarias
            • d. Puede ser padecido por personas distintas de la víctima directa
          • 5. Un valioso precedente, pasado inadvertido
            • a. La necesidad de la autonomía del “daño a la salud” o “perjuicio fisiológico”
            • b. Casos en que la categoría está llamada a desplegar en la forma más amplia y urgente su función
          • 6. Del “daño a la vida de relación” a la “alteración de las condiciones de existencia”
            • a. La duplicación de las categorías
            • b. La duplicación de la indemnización
          • 7. Las clasificaciones, las sub-clasificaciones, las etiquetas y la (in)coherencia sistemática
        • C. La Casación Civil, 40 años después
          • 1. Un “daño a la vida de relación” autóctono
          • 2. La pretensión de indemnización por “daño a la vida de relación” puede ser ‘inferida’ directamente por el juzgador
          • 3. El peligro de un desbordamiento de la responsabilidad civil también se percibe en Colombia
          • 4. La brecha que permite esperar una nueva introducción del “daño a la salud” o “perjuicio fisiológico” en Colombia
          • 5. En la jurisprudencia se advierte una especial preocupación por lo que sería el “daño a la salud”
      • IV. Reflexión final
    • Capítulo II: La indemnización del daño extrapatrimonial
      • I. Valoración y liquidación del perjuicio
        • A. Límite ‘legal’ y unidad de la jurisprudencia
        • B. Pautas jurisprudenciales e independencia de las distintas jurisdicciones
          • 1. La Casación Civil
            • a. Daño moral en sentido estricto
            • b. Daño a la vida de relación
          • 2. El Consejo de Estado
            • a. Daño moral en sentido estricto
            • b. Daño a la vida de relación (o “perjuicio fisiológico”)
        • C. Los topes no son obligatorios
        • D. La necesidad de un parámetro único de carácter objetivo cuando la lesión es corporal o a la salud
      • II. Prueba del daño
        • A. En el caso de la víctima directa
        • B. En el caso de las víctimas indirectas o “por rebote”
      • III. Modalidades de la reparación
      • IV. Transmisibilidad del derecho (de crédito) tendiente a la reparación
    • Capítulo III: El derecho a la salud “por fuera” de la responsabilidad civil
      • I. Su protección constitucional
      • II. La doble dimensión (personal y colectiva) de la protección de los derechos constitucionales
      • III. Los principios constitucionales de dignidad, igualdad y solidaridad
  • Parte III: Dos importantes cuestiones debatidas: Naturaleza de la indemnización del daño extrapatrimonial y procedencia del ‘daño extrapatrimonial contractual’
    • Capítulo I: Naturaleza de la indemnización del daño extrapatrimonial
      • I. Introducción
      • II. El “delito privado” romano de la iniuria y su correspondiente pena privada
      • III. La irrupción de los derechos de la personalidad en el derecho civil contemporáneo
      • IV. Diferentes tesis acerca de la función de la indemnización por daño extrapatrimonial a la persona
        • A. Reparación simbólica
        • B. Satisfacción para la víctima
        • C. Pena privada
      • V. En el derecho contemporáneo, la naturaleza de los criterios alternativos (al mercado) empleados por el juez en el establecimiento del quantum de la indemnización es lo que determina la presencia o no de una pena privada
    • Capítulo II: Procedencia del ‘daño extrapatrimonial contractual’
      • I. Introducción
      • II. La situación en el ordenamiento colombiano
      • III. La situación en otros ordenamientos
  • Bibliografía

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