Uno de los grandes desafíos de la dogmática del derecho penal ha sido la elaboración de criterios de imputación para deducir responsabilidad en casos de macrocriminalidad y modernamente frente a crímenes internacionales. Criterios de autoría y participación han sido expuestos principalmente para explicar la vinculación jurídica del cabecilla o máximo responsable por los hechos cometidos por sus subordinados. En este trabajo se abordan estas propuestas y se someten a crítica, dejando en evidencia las dificultades prácticas que ellas ofrecen, sobre todo cuando, como en el caso colombiano, se estudian las cuestiones y problemas propios de un conflicto armado no internacional. También se ofrece en estas líneas una propuesta clara: se desarrolla un modelo normativo de imputación de la mano de las teorías penales de la posición de garante e imputación objetiva, aplicable para deducir responsabilidad tanto frente a hechos delictivos cometidos en el seno de grandes organizaciones (en el marco de un conflicto armado o no) y frente a aquellos imputables a agentes del Estado. Así mismo, se hacen ejercicios concretos de imputación en uno y otro caso, incluso se abordan cuestiones de imputación subjetiva y sobre metodologías investigativas. El resultado es una propuesta de imputación a partir de fundamentos dogmáticos propios del derecho penal de hoy, uno que podríamos llamar de la sociedad del riesgo.
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- Contenido
- Nota preliminar
- I. La discusión tradicional sobre la responsabilidad penal al interior de organizaciones delincuenciales
- A. Introducción
- B. El cabecilla hombre de atrás como partícipe determinador o cómplice
- C. El cabecilla hombre de atrás como coautor
- D. El cabecilla como autor mediato por dominio de un aparato organizado de poder
- E. Un caso especial: las decisiones de la Jurisdicción Especial Para la Paz en Colombia
- II. Perspectiva normativista de imputación
- A. Introducción
- B. ¿Por qué es necesario un modelo normativista y moderno de imputación?
- C. Un nuevo esquema jurídico de interpretación más allá del comportamiento individual: la doble imputación
- D. Determinación del verdadero sentido delictivo de una conducta: imputación objetiva
- 1. Abandono del concepto tradicional de tipicidad
- 2. Imputación objetiva del comportamiento como eje central del juicio de responsabilidad penal
- E. Constitución normativa de la sociedad: competencia general y especial
- 1. Cambio de paradigma en la teoría de la posición de garante
- 2. Competencia por organización: posición de garante en virtud de deberes negativos
- 3. Competencia por institución: posición de garante en virtud de deberes positivos
- F. Delitos de organización y delitos de infracción de deber
- G. Modernos criterios de intervención delictiva
- H. Imputación penal a miembros y cabecillas de organizaciones delincuenciales y armadas
- 1. Los cabecillas de organizaciones delincuenciales y armadas tienen posición de garante en virtud de deberes negativos, en concreto, por injerencia
- 2. Posición de garante por fundar y dirigir un grupo armado ilegal
- 3. El juicio concreto de tipicidad objetiva al cabecilla o dirigente de la organización delictiva
- 4. Breves consideraciones sobre imputación subjetiva a cabecillas o dirigentes de organizaciones delincuenciales
- 5. La investigación penal en contexto permite investigar mejor los injustos complejos
- I. Criterios de imputación penal para agentes del Estado
- 1. Introducción
- 2. Los agentes del Estado están obligados positivamente, son garantes institucionales
- 3. La seguridad de los ciudadanos como deber primigenio del Estado
- 4. Deberes generales de protección
- 5. Administración adecuada de fuentes de peligro
- 6. Deberes especiales por la dirección y vigilancia de conductas de los inferiores
- a. Responsabilidad por el mando: superiores militares como garantes
- b. Una lectura normativista del artículo 28 del Estatuto de Roma
- 7. Deberes especiales por la observancia de las “reglas de la guerra”
- 8. El deber de acatar los principios del derecho internacional humanitario
- a. El principio de distinción
- b. El principio de limitación
- c. El principio de proporcionalidad
- d. El principio de humanidad o inmunidad
- e. El principio de no reciprocidad
- f. El principio de precaución
- 9. El grado de participación delictiva de los agentes del Estado y el concreto ejercicio de imputación objetiva
- 10. El cumplimiento de los deberes positivos por parte de los agentes del Estado implica que no se pueda imputar objetivamente
- 11. El agente del Estado que cumple lo mandado por el derecho internacional humanitario no actúa típicamente
- 12. Ejemplo de falta de imputación objetiva en una situación de conflicto armado: “Operación Fénix”
- a. Supuestos objetivos: situación de conflicto armado no internacional, aplicación del DIH y naturaleza de las FARC
- b. Análisis sobre el respeto de los principios de DIH en la “Operación Fénix”. Los resultados lesivos no son creación de riesgos jurídicamente desaprobados
- Bibliografía