El acceso al agua potable: un deber estatal: Cómo el servicio público de acueducto garantiza el derecho social fundamental de acceso al agua potable

El acceso al agua potable: un deber estatal: Cómo el servicio público de acueducto garantiza el derecho social fundamental de acceso al agua potable

El autor justifica, de una manera novedosa, cómo el Estado ha de cumplir su deber de satisfacer la necesidad básica de acceso al agua potable, a partir de un exhaustivo estudio de caso en la jurisprudencia constitucional colombiana, la noción de necesidad básica, el concepto de derecho fundamental social de acceso al agua potable, y el enfoque de las -capabilities- desarrollado por Amartya Sen y Martha Nussbaum.
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  • Contenido
  • Agradecimientos
  • Introducción
    • I. La tesis estructural o compleja para la garantía del derecho social fundamental de acceso al agua potable
    • II. Los componentes de la tesis: el fomento de la capacidad y el deber subsidiario de ayuda estatal
    • III. La noción de “necesidad básica”
    • IV. El enfoque de la capacidad
    • V. La autonomía individual y las restricciones de la tesis
    • VI. La justificación moral de la tesis
  • Primera parte: la garantía judicial del derecho social fundamental de acceso al agua potable en las áreas urbanas y su insuficiencia
    • I. Las restricciones de un esquema de prestación del servicio de acueducto: el caso de Colombia
    • II. Las etapas de la garantía judicial del derecho en Colombia
      • A. La prevalencia del deber legal de los prestadores de suspender la prestación del servicio de acueducto en los supuestos de falta de pago
      • B. La prohibición de suspender la prestación del servicio a ciertos “bienes” o “establecimientos” constitucionalmente protegidos
      • C. La prohibición de suspenderles la prestación del servicio a ciertas “personas”
    • III. La insuficiencia de la solución judicial para garantizar la protección del derecho
    • IV. La necesidad de proponer una alternativa estructural a la garantía judicial del derecho social fundamental de acceso al agua potable
  • Segunda parte: la tesis estructural o compleja para la garantía del derecho social fundamental de acceso al agua potable
    • Capítulo primero. los fundamentos del deber estatal
      • I. La noción de “necesidad básica” es el fundamento material o filosófico del derecho
        • A. La necesidad básica de acceso al agua potable se identifica con el punto en el que la función de demanda del servicio de acueducto se torna inelástica al precio para el titular del derecho
      • II. La adscripción del derecho a una determinada fuente del derecho constitucional es tópica a cada ordenamiento jurídico
        • A. La fundamentalidad del derecho por su reconocimiento expreso
        • B. La fundamentalidad del derecho por su conexidad con la vida
        • C. La fundamentalidad del derecho por su derivación del derecho convencional
      • III. El enfoque de la capacidad determina la forma de satisfacción de la necesidad básica de acceso al agua potable
      • IV. Colofón: la plausibilidad de universalizar la tesis
    • Capítulo segundo. la primera parte del deber: el esquema de prestación debe fomentar la capacidad de las personas
      • I. Las personas tienen un deber moral y jurídico principal de autosatisfacer su necesidad
        • A. Los fundamentos del deber moral
        • B. La autonomía como fundamento jurídico del deber de autosatisfacción
      • II. La prestación del servicio de acueducto es el mecanismo principal para satisfacer la necesidad en las áreas urbanas
      • III. Los diferentes esquemas económicos de prestación del servicio y su relación con la garantía del derecho
        • A. La satisfacción de la necesidad por el individuo es importante, pero no es lo único importante
        • B. Más importante que la satisfacción de la necesidad por el individuo es la forma en que tal satisfacción se alcanza
          • 1. La dependencia estatal que genera un esquema “benefactor”
          • 2. Las restricciones del esquema “de mercado”
            • a. La prestación del servicio de acueducto no presenta sustitutos económicos perfectos
            • b. El esquema “de mercado” desconoce el carácter plural o integral de la noción de capacidad
    • Capítulo tercero. la segunda parte del deber: el esquema de prestación debe garantizarles la satisfacción de la necesidad a las personas en situación de vulnerabilidad iusfundamental
      • I. La vulnerabilidad como ausencia de capacidad
      • II. Las personas en situación de vulnerabilidad iusfundamental
        • A. La condición endógena de recibir una especial protección
          • 1. Excursus: la condición endógena en el ordenamiento jurídico colombiano
        • B. La condición exógena asociada a la pobreza
      • III. El cumplimiento de la segunda parte del deber estatal
        • A. El deber estatal de garantizar la continuidad del suministro de agua potable
          • 1. La cantidad que impone el deber de garantía al Estado
          • 2. El deber estatal se prolonga por el tiempo que le demande a cada persona desarrollar su capacidad para satisfacer, por sí misma, su necesidad
            • a. El deber estatal de ayuda para la superación de la condición exógena
            • b. El deber estatal de ayuda para la superación de la condición endógena
        • B. El deber estatal de asumir el costo que demande la prestación del servicio para la protección del derecho y el deber provisional de garantía de los prestadores
  • Tercera parte: la insuficiencia de las alternativas a la tesis estructural
    • I. No es posible predicar el carácter fundamental de los derechos sociales
      • A. La separación entre categorías de derechos parte de un presupuesto moral criticable y desconoce la asimetría de recursos en la sociedad y el disímil reparto de capacidades entre los individuos
      • B. El advenimiento del Estado social integró la concepción clásica del Estado liberal
      • C. Los derechos, con independencia de su carácter, suponen costos sociales
    • II. La garantía del derecho solo se satisface reconociéndole el legislador o el juez un derecho subjetivo a determinado sujeto
      • A. La crítica a ambas posturas
  • Conclusiones
    • I. La importancia de abordar el estudio de la garantía del derecho social fundamental de acceso al agua potable de forma estructural
    • II. Los deberes prima facie del Estado para la garantía del derecho
    • III. Los deberes definitivos del Estado para la garantía del derecho
      • A. La inaplicación de un juicio de ponderación cuando suponga una afectación a la necesidad básica de acceso al agua potable
    • IV. La compatibilidad entre las restricciones presupuestarias y el deber de garantía del derecho
    • V. más importante que proveer medidas “humanitarias” es proponer alternativas para superar “injusticias claramente remediables”
  • Anexos
    • Anexo I. la protección del derecho al agua en la jurisprudencia de la corte constitucional colombiana
      • I. objeto de estudio en la jurisprudencia de la Corte Constitucional
      • II. Construcción del “universo genérico de sentencias”
      • III. identificación de las “sentencias relevantes”
      • IV. análisis de las “sentencias relevantes” (periodo 1992-2012) y de sentencias reiterativas (periodo 2013-2015)
      • V. Representación gráfica de la estructura de relaciones entre providencias
    • Anexo II. la estructura del dsfaap en un sistema de ecuaciones
      • I. Ecuación (1)
      • II. Ecuación (2)
      • III. Ecuación (3)
  • Bibliografía
    • I. Fuentes primarias
      • A. Normativa colombiana
      • B. Jurisprudencia colombiana
        • 1. Línea jurisprudencial de la Corte Constitucional relativa a la suspensión del servicio de acueducto por falta de pago (sentencias)
        • 2. Prestación de los servicios públicos domiciliarios (Corte Constitucional. Sentencias)
      • C. Indicadores e información estadística colombiana
      • D. Normativa comparada
      • E. Jurisprudencia comparada
    • II. Fuentes secundarias (doctrina)
      • A. Servicios públicos y servicios públicos domiciliarios
      • B. necesidades básicas, derechos sociales, derechos sociales fundamentales y Estado social de derecho
      • C. Derecho al agua
      • D. Enfoque de la capacidad
      • E. Derecho y economía
      • F. Estudio de precedentes
      • G. Otros temas
  • Abreviaturas

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